No es infrecuente que a la hora de conocer el contenido del testamento nos encontremos con que el testador designa a una o varias personas como albaceas. De ser así, lo primero que tenemos que saber es que el albacea es la persona que ejerce la función de llevar a efecto la voluntad del testador expresada en su testamento.
El albaceazgo es un cargo voluntario si bien existen unos plazos para poder renunciar al cargo de albacea que deben se tenidos en cuenta y además, se trata de un cargo que puede ser gratuito o remunerado.
Para el albacea el hecho de no desempeñar el cargo correctamente o el hecho de renunciar a tal función conlleva unas consecuencias jurídicas, al igual que para los herederos, si al tramitar la herencia no se cuenta con los albaceas caso de que se hayan nombrado.
Si deseas saber más te invitamos a visitar nuestro nuevo artículo dedicado a los albaceas y al albaceazgo publicado en nuestro blog herenciasytestamentos,com